S09-15 12

La experiencia del Mar Menor protegido con personalidad jurídica. ¿Es extrapolable a Doñana?

Compartir en TWITTER/FACEBOOK/LINKEDIN

Deja tu comentario

Participa en esta ponencia enviádole tu pregunta o comentario a los autores

Añadir comentario

Firmantes

profile avatar
Ricardo Ignacio Bachmann FuentesUniversidad de Granada
profile avatar
Valentín Navarro CaroCentro Universitario San Isidoro

Enfoque

Introducción

Con fecha 30 de septiembre de 2022 se promulgó la Ley 19/2022 para el reconocimiento de personalidad jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca, promovida como iniciativa legislativa popular. Dicho proyecto fue impulsado por la Profesora Teresa Vicente acompañada de un grupo de ciudadanos interesados en salvar el ecosistema marino que se encontraba en serio peligro debido a las actividades extractivas y agrícolas de la zona que ponían en riesgo a la biodiversidad y a la población autóctona. Esta iniciativa no contaba con precedentes en Europa, sino que encontraba sus antecedentes en casos como el río Whanganui de Nueva Zelanda, el lago Victoria en Australia, el río Ganges de la India, el río Atrato de Colombia, entre otros.

Objetivos

Determinar la viabilidad y eficacia del modelo de protección medioambiental por medio del reconocimiento de derechos de la naturaleza (ecosistemas).

Metodología

Fenomenología jurídica, derecho comparado, análisis caso por caso, análisis jurisprudencial

Discusión

Esta Ley se ha ido implementando progresivamente con la constitución de las distintos comités y órganos que velan por los derechos del ecosistema, como es el Comité de seguimiento de los derechos propios del Mar Menor. Ahora bien, cabe preguntarse si esta medida podría extrapolarse a otros ecosistemas con gran valor biológico, cultural y social, como es el caso del parque de Doñana. En efecto, existen muchos elementos en común entre estos lugares, partiendo por la biodiversidad que contienen y los elementos antropológicos e históricos de estos sitios.

Además, el parque de Doñana y su acuífero se encuentran en una delicada situación de sostenibilidad debido a la explotación de sus recursos hídricos mediante pozos ilegales, los cuales son utilizados para el regadío de cultivos intensivos de fresas, entre otras actividades. Es más, la preocupación por la conservación del parque ha llegado a la Comisión Europea, la cual amenazó con denunciar a España por el proyecto del gobierno andaluz para ampliar los regadíos junto a Doñana. Otra medida pretendida por el actual gobierno andaluz fue proponer la amnistía para todos los usurpadores de aguas que han llevado a ese ecosistema al extremo. Este parque, considerado una de las principales reservas de la biosfera del continente europeo, ha visto disminuir su biodiversidad debido al secado de las lagunas.

Por otra parte, respecto de las competencias para legislar sobre la personalidad jurídica de Doñana y, tal como se encuentra señalado en la disposición final segunda de la Ley 19/2022, corresponde exclusivamente al Estado la legislación básica sobre medioambiente, tal como lo prescribe el artículo 149.2.23ª de la Constitución Española.

Resultados

Ponencia en congreso, capítulo de libro, artículo académico.

Conclusiones

En definitiva, del análisis de la Ley y de las circunstancias que la motivaron, se colige que esta experiencia no solo es perfectamente extrapolable al parque de Doñana, sino que a muchos otros ecosistemas  en peligro, como consecuencia de la desmesurada explotación de sus recursos y que a su vez ha demostrado ser la medida de protección ambiental más eficaz del Ordenamiento Jurídico Español.

Preguntas y comentarios al autor/es

Hay 12 comentarios en esta ponencia

    • profile avatar

      Julio César Gualtero Flórez

      Comentó el 17/10/2023 a las 21:38:11

      Muchas gracias por compartir. Este tema ha tomado especial relevancia en Colombia, varios cuerpos de agua han sido declarados sujetos de derechos y me gustaría saber si conoces alguna experiencia en la que se establezca un marco de evaluación de estas medidas, a la luz de los parámetros de calidad del agua y otras variables ambientales.
      Es un tema sobre el cual me gustaría profundizar.
      Enhorabuena por la ponencia.

      • profile avatar

        Ricardo Ignacio Bachmann Fuentes

        Comentó el 18/10/2023 a las 18:13:35

        Apreciado César,
        Muchas gracias por tu saludo y por tu pregunta.
        A continuación, te dejo un enlace del portal del Consejo Birrarung, un órgano bicultural conformado por indígenas de la tribu Wurundjeri Woi-wurrung, científicos y ciudadanos del Estado de Melbourne.
        Este Consejo actúa paralelamente a los órganos de la Administración Pública; defiende al río y a su vez asesora al Ministerio de Aguas en la implementación del plan de protección de ese ecosistema.
        https://www.water.vic.gov.au/birrarung-council/home

    • profile avatar

      Francisco Javier Abarca-Álvarez

      Comentó el 17/10/2023 a las 20:37:29

      Estimados Ricardo y Valentín, les felicito por su ponencia y trabajo.
      Conozco el trabajo de Teresa Vicente y su equipo, el cual creo que es una fantástica noticia, al igual que considero muy valiosa su propuesta para Doñana.
      ¿Cree que sería extrapolable a ecosistemas de tamaño menor, como pueden ser los ecosistemas urbanos?
      Muchas gracias por anticipado

      • profile avatar

        Ricardo Ignacio Bachmann Fuentes

        Comentó el 17/10/2023 a las 21:01:41

        Apreciado Francisco, gracias por su saludo y pregunta.
        Este modelo de protección se ha propuesto teniendo como objetivos algunos ecosistemas primarios ricos en biodiversidad. En todo caso, desde una perspectiva jurídica, podría aplicarse perfectamente pequeños hábitats ubicados, incluso, en una zona urbana. Se me ocurre, por ejemplo, el lecho del río Manzanares de Madrid, que gracias a la recuperación de que fue objeto, ha demostrado poseer una rica biodiversidad.
        Aprovecho de comentarle que hace unas semanas, el Pleno del Ayuntamiento de Benamaurel (Granada) aprobó por unanimidad una declaración en defensa del río Guardal, que podría considerarse un proto-reconocimiento de derechos.
        Espero haber resuelto su duda.
        Un cordial saludo,

        Ignacio B.

    • profile avatar

      Ricardo Ignacio Bachmann Fuentes

      Comentó el 17/10/2023 a las 12:33:51

      Esperemos que así sea y que se puedan proteger otros ecosistemas. Le dejo unos informes del Instituto Español de Oceanografía, que seguro entenderá mejor que yo. Al parecer, el problema ahora es el aumento de temperaturas.
      Un saludo,

      https://www.ieo.es/es_ES/web/ieo/informes-sobre-la-evolucion-del-ecosistema-lagunar

    • profile avatar

      Ana Montoro López

      Comentó el 17/10/2023 a las 09:39:26

      Muy interesante su ponencia, la duda que se me plantea sobre esta cuestión es si piensan ustedes que esta acción de reconocimiento del Mar Menor como persona jurídica ¿Es la mejor forma para dotar de protección a este entorno natural? ¿Es por tanto esta acción de reconocimiento como persona jurídica del Parque de Doñana lo que necesita para obtener una mayor protección? Muchas gracias por sus aportaciones.

      • profile avatar

        Ricardo Ignacio Bachmann Fuentes

        Comentó el 17/10/2023 a las 12:47:35

        Estimada Ana:
        Gracias por su comentario y pregunta. Nosotros hemos concluido que en el caso del Mar Menor, sí se ha avanzado en su protección, toda vez que los vertidos derivados de la agricultura intensiva han cesado y, por ende, esto ha permitido que el ecosistema se estabilice. Es decir, existen antecedentes científicos que respaldan la gestión de los órganos de cuidado de la laguna, como es el caso del Comité de seguimiento, entre otros.
        En el caso de Doñana, hemos visto que es la propia Administración Autonómica (la primera llamada a cuidarlo) la que adopta medidas que agravan su situación. Mediante el reconocimiento de estos derechos, Doñana dejaría de estar supeditada a la manera en que las Administraciones Públicas ejercen o no sus potestades.
        Espero haber respondido su pregunta.
        Un cordial saludo,

        Ignacio B.

    • profile avatar

      Eduardo Ibáñez Ruiz del Portal

      Comentó el 17/10/2023 a las 08:45:40

      Enhorabuena por su comunicación. Mi pregunta se refiere a cómo se puede articular y hasta que punto la capacidad jurídica autónoma que se pudiera otorgar ofrece los recursos necesarios para abordar la complejidad de un ecosistema como Doñana, que está claramente necesitado de protección, y si no puede conllevar el efecto indeseado (o al menos el peligro) de que la autoridad estatal o autonómica den un paso a tras en una protección activa de Doñana. Gracias

      • profile avatar

        Ricardo Ignacio Bachmann Fuentes

        Comentó el 17/10/2023 a las 12:41:06

        Estimado Eduardo, muchas gracias por su saludo y por su pregunta.
        La cuestión de fondo es, que pudiera colegirse que la legislación ambiental tradicional -cuya configuración y fiscalización dependen las Administraciones Públicas- no llega a ser del todo eficaz debido a que son las propias Administraciones Públicas las que por inactividad o actividad normal/anormal, permiten que los daños se produzcan.
        A través del reconocimiento de derechos (como los tiene un barco, una empresa) el ecosistema ya que no queda supeditado al ejercicio de la potestades administrativas, por lo que los tutores pueden ejercer todas las acciones que en derecho le correspondan.
        De esta manera, en el caso de Doñana, la Adm. Autónomica sería responsable de los daños que se produzcan como resultado de su inactividad/actividad normal o anormal, ante el propio parque, toda vez que ya no tendría ninguna capacidad de disposición sobre él.
        Un cordial saludo,

        Ignacio B.

    • profile avatar

      Manuel Alfredo Figueredo Fernández

      Comentó el 16/10/2023 a las 18:01:39

      Estimado Ricardo,

      Muchas gracias por su ponencia y por aportar conocimiento sobre los problemas ambientales desde el punto de vista del derecho ambiental. Estoy muy de acuerdo con los argumentos acerca de dotar de personalidad jurídica a enclaves ambientales con el fin de favorecer su protección. Pero para el caso del Mar Menor y de Doñana, hasta el momento no parece que se esté deteniendo el extractivismo o el vertido de residuos en estas zonas. ¿Que acciones sociales o jurídicas deberían de producirse para que la protección de estos parajes sea realmente efectiva?

      Probablemente la pregunta tenga difícil respuesta, pero me gustaría saber la opinión desde el punto de vista jurídico.

      • profile avatar

        Ricardo Ignacio Bachmann Fuentes

        Comentó el 16/10/2023 a las 18:39:15

        Estimado Manuel:
        Le agradezco su pregunta, ya que me permite profundizar un poco más en la idea propuesta.
        La experiencia del Mar Menor es muy reciente pero, a pesar de eso, en el último tiempo la laguna se ha estabilizado. Esto se debería -según informan las autoridades autonómicas- al aumento de oxígeno y a la disminución de la concentración de nitratos por el cese de los vertidos. Esta última circunstancia se debe principalmente al ejercicio de acciones judiciales, siempre acompañadas de antecedentes científicos, que han sido posibles gracias a la titularidad de derechos que ahora posee el Mar Menor. Le pongo un ejemplo: en caso de vertidos ilegales, los tutores de la laguna pueden presentar acciones civiles, penales o administrativas en contra de los responsables, en las mismas circunstancias que un particular, toda vez que afecta a su salud, bienestar, existencia.
        Por otra parte, la situación de Doñana es muy crítica y la legislación ambiental vigente no ha sido capaz de frenar las malas prácticas, así como tampoco las malas decisiones políticas.
        Si pudiésemos dotar de personalidad jurídica a este parque, los tutores o defensores podrían ejercer todas aquellas acciones que por ser titular de derechos, el ordenamiento jurídico le permite. Desde denuncias o querellas criminales hasta acciones civiles por daños incluso en contra de las administraciones públicas.
        Espero haber respondido a su pregunta, aunque sea parcialmente.
        Un cordial saludo,

        Ignacio B.

        • profile avatar

          Manuel Alfredo Figueredo Fernández

          Comentó el 17/10/2023 a las 11:08:57

          Estimado Ignacio, si que ha respondido a mi pregunta, no conocía los avances en cuanto a la mejora de la situación ecológica del Mar Menor. Espero y deseo que estas mejoras se mantengan en el tiempo y que los tutores legales presten la debida atención a su estado ecológico y denuncien los incumplimientos que se puedan producir.


Deja tu comentario

Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.

Organiza

Colabora